Ilustración1: ejemplo de fiscalización de ruido de la SMA.(No hace referencia a ninguna planta o instalación de COLUN).

AGROCOLUN | AGROCOLUN | Conociendo la Institucionalidad Ambiental en Chile | Edición 40 | Edición 40Con el pasar de los años la conciencia ambiental en las industrias y en el colectivo de las personas se ha vuelto relevante a la hora de las decisiones, tanto en la elaboración de productos, como en la compra, exigiendo cada vez más un manejo adecuado de recursos. Este “cambio cultural” se puede proyectar a la creación de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) en el año 1990 cuya funcionalidad era resguardar el entorno natural y humano. Luego, para reforzar la labor medioambiental de este organismo, el estado promulgó el 9 de marzo del año 1994 la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, cuerpo legal que buscaba regular el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental. Esta ley definió un modelo de coordinación institucional en materia ambiental creando instrumentos de gestión ambiental, como las normas de calidad y de emisión, los planes de prevención como también los de descontaminación, la educación ambiental y la formación de capacidades.

A partir del año 2010 en adelante, se dio inicio a una nueva institucionalidad ambiental con miras a fortalecer la estructura medioambiental de nuestro país, promulgándose la Ley N.o 20.417, que modificó la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y que crea el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) (quedando atrás la anterior CONAMA), además del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y la Superintendencia del Medioambiente (SMA).

En junio del 2014, se ingresó el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que pretende completar la institucionalidad ambiental y cubrir los vacíos de gestión y conservación de la biodiversidad de Chile. Este organismo quedó a cargo de la conservación de la biodiversidad, en todos sus niveles: genes, especies y ecosistemas, para la conservación de los humedales; para la conservación de las especies nativas y el control de especies exóticas invasoras a través de varios instrumentos que permitirán la preservación, la restauración y el uso sustentable de la biodiversidad en todo el territorio nacional.

FIGURA 1: INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL EN CHILE.

INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL EN CHILE.
Fuente: Ministerio del Medio Ambiente.

¿QUÉ ES EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE (MMA)?

Es el órgano del Estado encargado de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa2.

Los ministerios se desconcentran territorialmente mediante Secretarías Regionales Ministeriales y están a cargo de un Secretario Regional Ministerial, más conocido como “SEREMI” que apoya al ministerio respectivo en la región, colaborando directamente con el Intendente en todo lo relativo a la elaboración, ejecución y coordinación de las políticas, planes, presupuestos, proyectos de desarrollo y además tiene la facultad de realizar fiscalización para dar cumplimiento a normativas y leyes.

¿QUÉ ES EL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL (SEA)?

Es un organismo público funcionalmente descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es administrar el SEIA, uniformar los criterios, requisitos, trámites, exigencias técnicas y procedimientos de carácter ambiental que establezcan los ministerios y demás organismos del Estado.

¿QUÉ ES EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (SEIA)?

El SEIA es un instrumento de gestión ambiental de carácter preventivo, esto quiere decir que permite a la autoridad determinar antes de la ejecución de un proyecto si éste cumple con la legislación ambiental vigente y si se hace cargo de los potenciales impactos ambientales significativos. Este proceso de evaluación culmina con una resolución que califica ambientalmente el proyecto evaluado, aprobándolo o rechazándolo, ¿Qué sucede en ambos casos?

RCA FAVORABLE

· Certifica que el proyecto cumplió en el proceso de evaluación con los requisitos ambientales aplicables.

· Las condiciones que se impongan, serán de cumplimiento obligatorio.

RCA DESFAVORABLE

· El proyecto o actividad no puede ejecutarse en tanto su calificación no sea favorable: facultad de reingreso.

· Se deniegan las correspondientes autorizaciones o permisos en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan requisitos legales.

FIGURA 2: PLANTA DE TRATAMIENTO DE RILES (PTR) DE PLANTA COLUMELA QUE POSEE RCA

Planta de Tratamiento
FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

¿QUÉ ES LA SUPERINTENDENCIA DE MEDIO AMBIENTE (SMA)?

Es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley3. Sus facultades fiscalizadoras y sancionadoras se implementaron el 28 de diciembre de 2012, día en que se constituyó el Tribunal Ambiental, que tienen como función resolver las controversias medioambientales de su competencia, tales como4:

• Reclamaciones de ilegalidad de determinados actos administrativos y normas dictadas por el Ministerio del Medio Ambiente, la Superintendencia del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental, el Comité de Ministros y otros organismos del Estado con competencia ambiental.

  • Demandas para obtener la reparación por daño ambiental.
  • Solicitudes de autorización previa o revisión en Consulta, respecto de medidas temporales, suspensiones y ciertas sanciones aplicadas por la Superintendencia del Medio Ambiente.La SMA puede llevar a cabo la fiscalización mediante 3 modalidades:
  • A través de sus propios funcionarios (modalidad directa).
  • A través de los organismos sectoriales.

• Mediante terceros debidamente acreditados y autorizados por la Superintendencia.

Según Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, Art.35 se considera como incumplimiento:

  • El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las RCA.
  • El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la SMA imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere esta ley.
  • El incumplimiento de las leyes, reglamentos y demás normas relacionadas con las descargas de Riles.
  • El incumplimiento de las Normas de Emisión.
  • El incumplimiento de los planes de recuperación, conservación y gestión de especies establecidos enla ley No 19.300.
  • El incumplimiento de los requerimientos deinformación que la SMA dirija a los sujetosfiscalizados.
  • El incumplimiento de la obligación de informarde los responsables de fuentes emisoras, para la elaboración del RETC.

• El incumplimiento cualquiera de toda otra norma de carácter ambiental que no tenga establecida una sanción específica.

Dependerá de la categoría de la infracción la multa que se obtenga. A continuación, se muestra un cuadro que resume las categorías de Infracciones y respectivas sanciones que existen:

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Siendo una institucionalidad joven, el MMA promueve el desarrollo sustentable del país a través de áreas de trabajo relacionadas con el aire, biodiversidad, cambio climático, información y economía ambiental, evaluación ambiental estratégica, evaluación ambiental, implementación legislativa y economía circular, asuntos internacionales y atención ciudadana.

Colun presenta Resoluciones de Calificación Ambiental aprobadas para sus plantas industriales principales, no registrando a la fecha infracciones, obteniendo un óptimo resultado en todas las fiscalizaciones relacionadas y cumpliendo fielmente con lo establecido en cada una de ellas.

Cabe destacar, que la variable ambiental desde hace varios años es considerada por la empresa como un elemento de evaluación y atención en todos sus proyectos de infraestructura, promoviendo a través de ello el crecimiento sostenible de sus instalaciones con una mirada de futuro que se refuerza cada día e incluye la protección del medio, con las acciones que se desarrollan en esta materia.

FIGURA 3: PLANTA VERDE LOS TAMBORES QUE POSEE RCA.

PLANTA VERDE
FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

REFERENCIAS:

1. MMA, Biodiversidad, 2018. http://portal.mma.gob. cl/biodiversidad/servicio-de-biodiversidad-y-areas- protegidas/
2. MMA, Estructura, 2018. http://portal.mma.gob.cl/ estructura/

3. SMA, portal, 2018. https://portal.sma.gob.cl/
4. Tribunal Ambiental, 2016. https://www. tribunalambiental.cl/informacion-institucional/que- hace-el-tribunal/funciones-y-competencia/