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A principios del Siglo XX, la minería del carbón tuvo un gran auge producto del agotamiento de los bosques y la escasez de la madera como combustible. La abundancia de yacimientos de carbón y la temprana explotación sin regulación significó para Gran Bretaña contar con los conocimientos y recursos mineros para impulsar la revolución industrial. En el año 1913 la industria alcanzó su punto más álgido, produciendo una cuarta parte del carbón del mundo, y no fue hasta la llegada de la primera y segunda guerra mundial que la industria comenzó a utilizar el petróleo, no obstante, la industria carbonífera se mantenía vigente para la producción de energía eléctrica y la calefacción de los hogares.

Durante el frío invierno de 1952, debido a condiciones climáticas adversas, con la producción industrial y el desmedido uso de chimeneas de carbón, ocurrió el peor fenómeno de contaminación atmosférica hasta ese entonces. Las 1.000 y 2.000 toneladas de humo y dióxido de carbono (CO2) que se producían en Londres diariamente generaron una densa neblina que cobró la vida de 12.000 personas. Esta catástrofe ambiental hizo que se estableciera el aire limpio como una prioridad legislativa, lo que llevó a que en el año 1956 se promulgara la Ley de Aire Limpio, iniciando la descarbonización de los hogares y las plantas eléctricas. Como una primera aproximación en el mundo, dicha Ley otorgó el poder de designar zonas libres de humos, incluyendo la prohibición de la emisión de humos molestos o humos oscuros. Así, y seguido de un aumento de las restricciones hacia 1970, otros países replicaron el modelo en favor de una gestión adecuada de la calidad del aire.

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Figura 1: la gran niebla de 1952 en londres

REGULACIÓN CHILENA
En nuestro país la normativa vigente para la prevención y control de contaminantes atmosféricos se regula a través de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que establece en su artículo 32, la existencia de dos tipos de normas de calidad ambiental: primarias y secundarias, que tienen por objeto proteger la salud de las personas y proteger o conservar el medio ambiente respectivamente, regulando la concentración de los contaminantes nocivos. Estas normas, regulan concentraciones máximas respecto a material particulado (tanto MP10, como MP2,5), dióxido de azufre (SO2), dióxido de nitrógeno (NO2), ozono troposférico (O3), monóxido de carbono (CO) y plomo (Pb).

A través de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), se ejecutan, organizan y coordinan el seguimiento y fiscalización las medidas establecidas en los diversos Instrumentos de Carácter Ambiental, entre los cuales se encuentran los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental (PPDA). Estos últimos contemplan una serie de medidas de control, cuya finalidad es recuperar los niveles establecidos en las normas de calidad ambiental que correspondan, a través de medidas y acciones específicas, resguardando la salud de la población.

PREVENCIÓN Y CONTROL
El control y seguimiento de las emisiones al aire se realiza en Chile a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) en el cual se registra y sistematiza, por fuente o agrupación de fuentes de un mismo establecimiento, la naturaleza, caudal y concentración de emisiones de contaminantes que sean objeto de una norma de emisión. RETC es una base de datos accesible al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre las emisiones potencialmente dañinas para la salud y el medio ambiente, que son emitidos al entorno luego de ser generadas en actividades industriales o no industriales.

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figura 2: información en el registro de emisiones y
transferencia de contaminantes (retc).
• información recopilada de las emisiones, residuos
y/o transferencias de contaminantes provenientes del cumplimiento de lo dispuesto en las normas de emisión, planes de contaminación, resoluciones de
calificación ambiental o cualquier otra regulación que establezca la obligación de reportar estas temáticas.
• información proveniente de la estimación de emisiones de fuentes puntuales y no puntuales que no se encuentren reguladas por alguna normativa.
• información de las emisiones, residuos y/o transferencias
de contaminantes respecto de los cuales nuestro país haya adquirido la obligación de medir, cuantificar o estimar, en virtud de lo establecido en convenios internacionales ratificados por chile y que se encuentren vigentes.
• información proveniente de los reportes voluntarios de emisiones, residuos y transferencias de contaminantes, de los cuales los sujetos no tengan la obligación de reportar, pero que se encuentren regulados en nuestro país por normativa de carácter nacional o internacional.
fuente: ministerio del medio ambiente (mma)

La reportabilidad de datos ha permitido obtener información estandarizada de las actividades productivas en el país y sus establecimientos, incorporando la posibilidad de georefenciarlos territorialmente con el objetivo de identificar áreas para la mejora en las fuentes de emisión y transferencia, así gestionar el impacto de los contaminantes en el medio ambiente. Sumado a lo anterior, la captura de los datos ambientales de los establecimientos es crucial para garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales, debido a que:

  • Permite identificar la presión ambiental de las actividades industriales en el medio ambiente y la salud de las personas, al monitorear y gestionar las emisiones y transferencias de contaminantes.
  • Al ser una fuente clave de información, los datos de los establecimientos contribuyen a la toma de decisiones informada para la gobernanza ambiental y la protección de la salud pública.

La información obtenida en los últimos años ha demostrado que la contaminación atmosférica se atribuye a actividades derivadas principalmente del uso de combustibles fósiles, siendo los principales contaminantes asociados; el dióxido de carbono (CO2), óxido de nitrógeno (NO) y el dióxido de azufre (SO2) provenientes del uso de chimeneas de calderas, hornos y otros dispositivos industriales. Se demostró, además que uno de los contaminantes de mayor impacto a nivel local es el material particulado (MP), cuyo tamaño y composición puede representar riesgos significativos para la salud de la población, pudiendo causar problemas respiratorios al permear directamente las regiones pulmonares.

Según los últimos datos disponibles correspondientes al año 2021, las principales emisiones de material particulado MP2,5 se generan en las regiones de La Araucanía (40.066 toneladas), Biobío (25.538 toneladas) y Los Lagos (23.548 toneladas); debido a que estas regiones son intensivas en el uso de la leña residencial, principal fuente de emisión difusa MP2,5, mientras que en cuarto lugar se encuentra la región de Los Ríos, con una emisión de 14.088 toneladas.

REALIDAD REGIONAL
En la región de Los Ríos, el 23 de junio del 2017 se publicó el Plan de Descontaminación Atmosférico (PDA) para la comuna de Valdivia, al declararse zona saturada por material particulado respirable (MP10) como concentración diaria y anual; y por material fino respirable (MP2,5), como concentración diaria, a la zona geográfica que comprende la comuna de Valdivia. El plan considera una serie de medidas estructurales para disminuir la contaminación en un plazo de diez años.

Durante el año 2023 se evidenció una mejora en la calidad del aire en comparación con los registros al inicio del PDA, disminuyendo en un 57% los episodios críticos de contaminación en comparación con el promedio de los tres años previos.

En la misma línea, el 1 de marzo de 2024 se publica el anteproyecto de PDA para la Macrozona Centro-Norte de la región de Los Lagos, incluyendo en un principio a las comunas de San Pablo, Osorno, Frutillar, Llanquihue, así como parte de Río Negro, Purranque, Puerto Octay, Puerto Varas y Puerto Montt.

Esta propuesta considera la obligación de comercialización únicamente de leña seca y la prohibición de chimeneas de hogar abierto, como calefactores a leña que no cumplan la normativa, entre otras medidas. Igualmente aborda el sector de calderas residenciales, industriales y comerciales mediante nuevos límites de material particulado y dióxido de azufre (SO2). Por otra parte, pretende implementar un Plan Operacional de Gestión de Episodios Críticos (GEC) entre el 1 de abril y 30 de septiembre de cada año, aplicando medidas de prevención y mitigación según categorías de episodio crítico de alerta, preemergencia y emergencia. En la práctica, no se permitirán humos visibles, el funcionamiento de calderas industriales y calderas de calefacción, el funcionamiento de artefactos unitarios residenciales a leña, intensificando las medidas de fiscalización durante todo el periodo de GEC.

EFECTOS LOCALES
Los Planes de Descontaminación Atmosférica, se dan a conocer usualmente en las temporadas previas al invierno, ya que es durante este periodo cuando se genera mayor exposición al material particulado respirable, el cual puede generar consecuencias respiratorias en la salud de las personas, desde asma hasta enfermedades cardíacas. El año 2019, la comuna de La Unión se catalogaba como una de las ciudades con mayores niveles de contaminación por el uso de leña húmeda, por lo que podría suceder que en los siguientes cuatro años se declarara como zona saturada, no obstante, a la fecha no se ha confirmado formalmente un anteproyecto para un PDA en la ciudad o su área cercana.

De declararse zona saturada por MP2,5 y MP10, no solo se debería cumplir con los límites establecidos del plan, sino que potencialmente podrían aplicarse medidas de prohibición para el uso de calderas de calefacción y calderas industriales, por ejemplo, por un periodo de 24 horas durante los episodios críticos.

En Colun se ha promovido el estudio anticipado de esta variable, iniciando en 2018 un proceso de recambio en fuentes fijas tipo calderas para disminuir el impacto potencial de sus emisiones a la atmósfera, por ejemplo, transformando la matriz energética por medio del uso de biomasa y a través del recambio de combustibles por alternativas de menor emisión de contaminantes, eliminando el uso de leña en las operaciones de sus procesos productivos, en favor de otros combustibles como el gas natural.

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Figura 3: medidas del plan de descontaminación atmosférica (pda) de valdivia
fuente: ministerio del medio ambiente (mma)

Referencias
Portal de Planes de Descontaminación Atmosférica, Ministerio del Medio Ambiente. Disponible en: https://ppda.mma.gob.cl/ Resolución Exenta N°1473 (01/03/2024): Anteproyecto de Plan de Descontaminación Atmosférica para la Macrozona Centro-Norte de la Región de Los Lagos. Disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar/imprimir?idNorma=1201378&idParte=& idVersion=2024-03-01 Informe consolidado de emisiones y transferencias de contaminantes del RETC 2021 (diciembre 2023). Disponible en: https://retc.mma.gob.cl/publicaciones/