PARTE 1: SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS Y SU MARCO LEGAL

La diversidad biológica o biodiversidad representa la variedad existente entre los seres vivos y los sistemas ecológicos que conforman sus hábitats, incluyendo con ello la variabilidad genética y las interacciones generadas entre las especies, los complejos biológicos y los entornos naturales. En nuestro país y luego de 13 años de tramitación, se promulgó en agosto de 2023 la Ley N°21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, completando con ello la reforma a la institucionalidad ambiental descrita en la edición 40 de esta publicación (figura 1). El objeto de este cuerpo legal es la conservación de la diversidad biológica, entendiéndose como el conjunto de políticas, estrategias, planes, programas y acciones destinadas a la mantención de la biodiversidad, a través de su preservación, restauración o uso sostenible.

Figura 1: Cronología de la conformación de la institucionalidad ambiental en Chile.

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La importancia de esta normativa se basa en la búsqueda de una gestión ambiental con mayores niveles de eficiencia, reconociéndose por parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) la necesidad de establecer una entidad “dedicada a la protección de la naturaleza constituida al amparo de una ley, completa y única” (OCDE, 2005). Más allá del objetivo propio asociado a la conservación, en lo administrativo, se reconoció clave la dispersión institucional de los organismos del estado con responsabilidades sobre las áreas protegidas. Es así como 5 carteras del poder ejecutivo tenían, previo a la publicación de la Ley, algún tipo de injerencia sobre la gobernanza de estas zonas, existiendo un conjunto de instrumentos, instituciones y recursos con funciones desarticuladas.

Concretamente y con los antecedentes expuestos, la Ley N°21.600 da origen al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) y le otorga el rango de agencia estatal para administrar la diversidad biológica en el país, contando con dependencia del Ministerio del Medio Ambiente, patrimonio propio y el carácter de organismo descentralizado. Entre sus funciones se incluyen la ejecución de políticas para la recuperación y conservación de los ecosistemas, la fiscalización del cumplimiento de planes de manejo para la restauración ecológica y la potestad de pronunciarse sobre los potenciales impactos de proyectos en evaluación ambiental. El SBAP incorporará además algunas de las competencias ejercidas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF), traspasando a su cargo la administración de las áreas protegidas por medio de la creación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP).

El SNAP es descrito como el principal instrumento del Servicio recientemente instaurado, cuyo alcance considera el “conjunto de áreas terrestres y acuáticas, marinas, continentales e insulares”, sean estatales o privadas, clasificándolas de acuerdo a las categorías presentadas en la tabla 1. Para todas ellas, la figura del plan de manejo se constituye como la herramienta clave para la gestión en conservación. Las clases establecidas siguen las recomendaciones de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), y se presentan de forma descendente en relación al nivel de restricciones para ejercer un determinado control de protección. La Ley incluye reglas para la homologación de estas categorías con las áreas protegidas que existen en la actualidad, definiendo responsables y plazos asociados.

Con todo lo anterior, la puesta en marcha del SBAP y sus atribuciones es un desafío que debe ser planteado teniendo a la vista el estado actual de la biodiversidad, especialmente si se considera la definición expuesta al comienzo de este artículo (propuesta por la ONU en 1992). Descrito en cifras y según reporta el Ministerio del Medio Ambiente (2023), nuestro país ostenta un total de 719 especies animales, 645 especies vegetales y 133 especies de hongos, categorizadas según el reglamento de clasificación de especies, reflejando la riqueza del patrimonio natural que ha llevado a Chile a ser reconocido como una de las 36 regiones biológicamente relevantes a nivel mundial (CEPF, 2024).

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La figura 2 presenta el estado de conservación de las especies del país en línea con las tipologías UICN, es decir, en base al riesgo de perder sus características representativas. En ella se identifican un total de 174 especies en peligro crítico, es decir, un 12% del total transversal; número que aumenta a 609 si se incluye en el análisis la categoría en peligro. El ejercicio anterior se replica en la figura 3 a nivel de ecosistemas en el país, arrojando un total de 12 ecosistemas (10%) en estado de peligro crítico y 2 en estado de peligro (1%), distribuidos espacialmente entre las regiones de O’Higgins y Los Lagos. En este orden de ideas, el estado de la diversidad biológica en Chile arroja un preocupante 41% de especies y un 11% de ecosistemas que están enfrentadas a un riesgo de extinción muy alto en estado silvestre.

Figura 2: Número total de especies descritas en Chile y clasificadas según estado de conservación, en orden descendente en términos de su criticidad.

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Hasta ahora, hemos puesto atención en la condición basal de especies y relacionando su estado con su localización geográfica. Se ha hecho énfasis en un nuevo Servicio que nace con un objetivo específico de protección ambiental, que busca ser actor relevante y último eslabón, para cuajar una estructura institucional integral. Se crea con ello una estrategia país de conservación, para regular e implementar directrices pertinentes acorde con la necesidad de proteger nuestro territorio, su biodiversidad y ofrecer mayores garantías de subsistencia al entorno natural.

Figura 3: Estado de conservación de los ecosistemas de Chile (mapa) y número de ecosistemas por región y categoría de conservación (gráfico de barras).

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Referencias

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). (2005). Primera evaluación del desempeño ambiental de Chile. Disponible en https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/ce231b7f-17ef-40fc-be71-2b992fbd1fa9/content

Organización de las Naciones Unidas (ONU). (1992). Estrategia global para la biodiversidad: Guía para quienes toman decisiones. Disponible en http://pdf.wri.org/estrategiabiodiversidadespguia_bw.pdf

Fondo de Alianzas para Ecosistemas Críticos (CEPF). (2024). Definición de puntos críticos de biodiversidad. Disponible en https://es.cepf.net/our-work/biodiversityhotspots/hotspots-defined

Ministerio del Medio Ambiente. (2023). Reporte del estado del medio ambiente 2023. Disponible en https://sinia.mma.gob.cl/estado-del-medio-ambiente/