Hace 40 o 50 años atrás, el costo de la energía eléctrica no era tema de preocupación entre los productores lecheros. Con su baja incidencia en los costos de producción, prácticamente no se le daba importancia a la tarifa inicialmente elegida ni al uso eficiente de la energía. Hoy el escenario cambió y el costo del insumo “energía eléctrica” comienza a ser comparable con otros costos asociados al litro de leche producido, por lo que medidas como: elección de la tarifa eléctrica de mínimo costo, uso de tecnologías eficientes, modificación eventual de horarios de ordeña, uso de generadores diésel para el suministro en horas de punta, gestión del consumo de energía en horas de punta, etc., redundarán en ahorros significativos para el productor.
Las empresas distribuidoras de energía eléctrica tienen la obligación de dar suministro eléctrico a todo usuario dentro de su zona de concesión cuya potencia conectada sea inferior a 5.000 kW. No obstante, la ley permite a un usuario con potencia superior a 500 kW elegir un régimen de precios libres debiendo mantenerse en esta alternativa por 4 años. La posibilidad real de esta alternativa depende del mercado de los generadores y si existe interés en suministrar a este tipo de clientes. En definitiva, bajo las condiciones actuales, la única opción que se tiene es ser un cliente sometido a un régimen de tarifas reguladas.
Las tarifas que aplican las empresas distribuidoras, las fija el Ministerio de Energía sobre la base de un estudio de costos que se realiza cada 4 años. La metodología de este estudio contempla una caracterización de zonas de distribución principalmente en cuanto a la densidad clientes, longitudes o distancias que deben cubrir las líneas, distancias a las subestaciones primarias o puntos donde la distribuidora retira energía del sistema para distribuirla. Así, en estas áreas típicas el estudio contempla la simulación de la operación de una empresa modelo eficiente cuyo sistema eléctrico de distribución ha sido diseñado para dar suministro a los clientes al mínimo costo de inversión y pérdidas. Este estudio también define las modalidades tarifarias que se deben ofrecer, sus condiciones de aplicación, los valores unitarios de los cargos a aplicar y sus fórmulas de indexación para efectos de su actualización en cada mes de aplicación. Las distintas opciones tarifarias traspasan al cliente los costos de generación, transmisión y distribución de la energía. Salvo en la tarifa residencial BT1, estos cobros se expresan como cargos de energía y potencia de manera separada.
El usuario o cliente se ve enfrentado a tomar una decisión respecto de qué tarifa elegir. Para un cliente residencial, prácticamente no hay alternativas que la tarifa residencial BT1 siempre que su potencia conectada sea inferior o igual a los 10 kW. Para el caso de usuarios del segmento comercial o industrial, deberán elegir una dentro de las 22 alternativas que se ofrecen. El período de vigencia mínimo de un contrato de suministro son 12 meses, por lo que, si se decide cambiar de tarifa antes de este período, salvo acuerdo entre las partes, la empresa podría cobrar el costo de la potencia remanente que se estuviera pagando mensualmente hasta el término de vigencia del contrato.
Frente a esas 22 alternativas, el usuario debe distinguir aquellas que son de la familia de Baja Tensión (BT) y Alta Tensión (AT) y aquellas que contemplan la contratación o lectura de las potencias consumidas. Las tarifas de baja tensión suponen que el empalme del cliente se encuentra conectado a una red de baja tensión desde un transformador de propiedad de la distribuidora y las tarifas alta tensión suponen que el empalme del cliente incluye un transformador de su propiedad. Por otra parte, las tarifas que contemplan la contratación de potencias podrían no requerir medidores con capacidad para medir potencias, bastando sólo medidores de energía. Por el contrario, las tarifas que contemplen la medición de potencias necesariamente deben contar con medidores con esta capacidad. Considerando que la diferencia de costos entre ambos tipos de medidores se ha reducido significativamente, actualmente resulta de mayor “justicia” utilizar medidores que sean capaces de medir la potencia real consumida. Por ende, es recomendable elegir una tarifa de entre aquellas con potencias efectivamente leídas (o medidas). De las 22 tarifas, las tarifas BT2, BT3, BT4.1, BT4.2, BT4.3, AT2, AT3, AT4.1, AT4.2 y AT4.3 son las tarifas básicas siendo las restantes del pliego variantes de las mismas. De estas tarifas, las opciones BT2, BT4.1, BT4.2, AT2, AT4.1, AT4.2 contemplan la contratación de potencias por lo que, en principio, no se recomiendan elegir. Luego, las opciones se reducen a elegir entre BT3, BT4.3, AT3 o AT4.3. Estas tarifas se diferencian en la forma en que cobran la potencia, la que se describe a continuación.
COBRO DE LA POTENCIA
1. Tarifas BT3 o AT3: mayor de los siguientes valores:
- Mayor valor entre la potencia leída del mes y el promedio de las dos más altas potencias registradas en meses que contengan horas de punta.
- 40% del mayor de los cargos por demanda máxima de potencia leída registrado en los últimos 12 meses.
Adicionalmente, estas tarifas contemplan una calificación del uso de esta potencia en cuanto a si se está usando manifiestamente en horas de punta (calificación “presente en punta” o PP) o se está usando de manera parcial durante este período (calificación “parcialmente presente en punta” o PPP). El valor unitario de la potencia PP es mayor que el de la potencia PPP pudiendo llegar a ser un 70% más cara.
2. Tarifas BT4.3 o AT4.3:
- Potencia máxima suministrada: promedio de las dos más altas demandas máximas de potencia registradas en los últimos 12 meses, incluido el mes que se facture.
POTENCIA MÁXIMA EN HORAS DE PUNTA
- Meses que contienen horas de punta: demanda máxima de potencia leída en el mes.
- Meses que no contienen horas de punta: promedio de las dos mayores potencias leídas en horas de punta registradas durante los meses del período de punta inmediatamente anteriores. contemplan el cobro todos los meses de una potencia que resulta ser el promedio de las dos más altas potencias leídas en los últimos 12 meses. Es importante señalar que para que la potencia sea calificada como PP, la empresa distribuidora debe justificarla con mediciones por un período mínimo de 30 días consecutivos.
Cuando los procesos productivos permiten reducir significativamente la potencia en horas de punta respecto de la potencia máxima consumida, el usuario podrá beneficiarse con una tarifa BT4.3 o AT4.3. Vale decir, este tipo de tarifa “premia” al consumidor que es capaz de modular su consumo y reducirlo en horas de punta. Sin embargo, de no ser cuidadoso, en caso de consumir una potencia significativa en horas de punta ya sea por error o necesidad, esta tarifa puede resultar desventajosa. Por otra parte, en el caso que no sea factible reducir el consumo en horas de punta, está la alternativa de complementar la aplicación de esta tarifa con generación diésel en horas de punta. En este caso, se debería emplear un generador diésel de “buena familia” equipado con un tablero de transferencia automática, todo bajo un diseño de ingeniería que asegure la confiabilidad de este esquema.
La recomendación general es evaluar las opciones con información de los consumos reales y si no se dispone de un perfil de carga (curva de consumo de energía horario) se debería obtener en terreno mediante la instalación de instrumentación adecuada o, si estuviera disponible, obtenerlo del análisis de los registros almacenados en los medidores.
Donde no sea factible aplicar la tarifa BT4.3 o AT4.3 con cero o muy baja potencia en punta o no se dispone de un generador adecuado, están las opciones BT3 o AT3, debiendo de igual forma realizar lo ajustes necesarios en el proceso productivo de manera que la potencia sea calificada como PPP y no como PP.
El ahorro potencial que cada usuario podría tener con un cambio de tarifa, dependerá de su tarifa actual, la que perfectamente podría venir “heredada” desde la época en que la energía no era un ítem significativo en los costos de producción.