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25ENERG%u00cdAestuviera pagando mensualmente hasta el t%u00e9rmino de vigencia del contrato.Frente a esas 22 alternativas, el usuario debe distinguir aquellas que son de la familia de Baja Tensi%u00f3n (BT) y Alta Tensi%u00f3n (AT) y aquellas que contemplan la contrataci%u00f3n o lectura de las potencias consumidas. Las tarifas de baja tensi%u00f3n suponen que el empalme del cliente se encuentra conectado a una red de baja tensi%u00f3n desde un transformador de propiedad de la distribuidora y las tarifas alta tensi%u00f3n suponen que el empalme del cliente incluye un transformador de su propiedad. Por otra parte, las tarifas que contemplan la contrataci%u00f3n de potencias podr%u00edan no requerir medidores con capacidad para medir potencias, bastando s%u00f3lo medidores de energ%u00eda. Por el contrario, las tarifas que contemplen la medici%u00f3n de potencias necesariamente deben contar con medidores con esta capacidad. Considerando que la diferencia de costos entre ambos tipos de medidores se ha reducido significativamente, actualmente resulta de mayor %u201cjusticia%u201d utilizar medidores que sean capaces de medir la potencia real consumida. Por ende, es recomendable elegir una tarifa de entre aquellas con potencias efectivamente le%u00eddas (o medidas). De las 22 tarifas, las tarifas BT2, BT3, BT4.1, BT4.2, BT4.3, AT2, AT3, AT4.1, AT4.2 y AT4.3 son las tarifas b%u00e1sicas siendo las restantes del pliego variantes de las mismas. De estas tarifas, las opciones BT2, BT4.1, BT4.2, AT2, AT4.1, AT4.2 contemplan la contrataci%u00f3n de potencias por lo que, en principio, no se recomiendan elegir. Luego, las opciones se reducen a elegir entre BT3, BT4.3, AT3 o AT4.3. Estas tarifas se diferencian en la forma en que cobran la potencia, la que se describe a continuaci%u00f3n.COBRO DE LA POTENCIA1. Tarifas BT3 o AT3: mayor de los siguientes valores:%u2022 Mayor valor entre la potencia le%u00edda del mes y el promedio de las dos m%u00e1s altas potencias registradas en meses que contengan horas de punta.%u2022 40% del mayor de los cargos por demanda m%u00e1xima de potencia le%u00edda registrado en los %u00faltimos 12 meses.Adicionalmente, estas tarifas contemplan una calificaci%u00f3n del uso de esta potencia en cuanto a si se est%u00e1 usando manifiestamente en horas de punta (calificaci%u00f3n %u201cpresente en punta%u201d o PP) o se est%u00e1 usando de manera parcial durante este per%u00edodo (calificaci%u00f3n %u201cparcialmente presente en punta%u201d o PPP). El valor unitario de la potencia PP es mayor que el de la potencia PPP pudiendo llegar a ser un 70% m%u00e1s cara.2. Tarifas BT4.3 o AT4.3:%u2022 Potencia m%u00e1xima suministrada: promedio de las dos m%u00e1s altas demandas m%u00e1ximas de potencia registradas en los %u00faltimos 12 meses, incluido el mes que se facture.POTENCIA M%u00c1XIMA EN HORAS DE PUNTA%u2022 Meses que contienen horas de punta: demanda m%u00e1xima de potencia le%u00edda en el mes.%u2022 Meses que no contienen horas de punta: promedio de las dos mayores potencias le%u00eddas en horas de punta registradas durante los meses del per%u00edodo de punta inmediatamente anteriores. contemplan el cobro todos los meses de una potencia que resulta ser el promedio de las dos m%u00e1s altas potencias le%u00eddas en los %u00faltimos 12 meses. Es importante se%u00f1alar que para que la potencia sea calificada como PP, la empresa distribuidora debe justificarla con mediciones por un per%u00edodo m%u00ednimo de 30 d%u00edas consecutivos.Cuando los procesos productivos permiten reducir significativamente la potencia en horas de punta respecto de la potencia m%u00e1xima consumida, el usuario podr%u00e1 beneficiarse con una tarifa BT4.3 o AT4.3. Vale decir, este tipo de tarifa %u201cpremia%u201d al consumidor que es capaz de modular su consumo y reducirlo en horas de punta. Sin embargo, de no ser cuidadoso, en caso de consumir una potencia significativa en horas de punta ya sea por error o necesidad, esta tarifa puede resultar desventajosa. Por otra parte, en el caso que no sea factible reducir el consumo en horas de punta, est%u00e1 la alternativa de complementar la aplicaci%u00f3n de esta tarifa con generaci%u00f3n di%u00e9sel en horas de punta. En este caso, se deber%u00eda emplear un generador di%u00e9sel de %u201cbuena familia%u201d equipado con un tablero de transferencia autom%u00e1tica, todo bajo un dise%u00f1o de ingenier%u00eda que asegure la confiabilidad de este esquema.La recomendaci%u00f3n general es evaluar las opciones con informaci%u00f3n de los consumos reales y si no se dispone de un perfil de carga (curva de consumo de energ%u00eda horario) se deber%u00eda obtener en terreno mediante la instalaci%u00f3n de instrumentaci%u00f3n adecuada o, si estuviera disponible, obtenerlo del an%u00e1lisis de los registros almacenados en los medidores.Donde no sea factible aplicar la tarifa BT4.3 o AT4.3 con cero o muy baja potencia en punta o no se dispone de un generador adecuado, est%u00e1n las opciones BT3 o AT3, debiendo de igual forma realizar lo ajustes necesarios en el proceso productivo de manera que la potencia sea calificada como PPP y no como PP.El ahorro potencial que cada usuario podr%u00eda tener con un cambio de tarifa, depender%u00e1 de su tarifa actual, la que perfectamente podr%u00eda venir %u201cheredada%u201d desde la %u00e9poca en que la energ%u00eda no era un %u00edtem significativo en los costos de producci%u00f3n.